DECLARA:
PRIMERO: Renunciado el beneficio a la retasa, por la parte intimada KENTUCKY PIZZA C.A., sociedad mercantil, de este domicilio e inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 20 de agosto de 1998, quedando anotada bajo el número 9, Tomo 242-A-Qto; en consecuencia, SE ORDENA a ésta a cancelar a los profesionales del derecho TOYN VILLAR, ANTONIO ANDUJAR MALAVE, LUIS FELIPE MAITA, MARLENE CARREÑO y JOSE ANTONIO CABRITA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, de profesión abogados e inscritos en el Inpreabogado bajo los números: 35.936, 52.623, 16.588, 68.399 y 45.671 respectivamente, la suma que resulte de la experticia complementaria del fallo ordenada en la motiva de la presente decisión.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.
Por aplicación analógica de acuerdo a lo dispuesto en la norma del artículo 11 de Ley Orgánica Procesal del Trabajo, .....