Atendiendo a todo lo expuesto, por éste Tribunal Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos OSCAR JOSÉ GÓMEZ y EDITH MARÍA QUINTERO, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-5.975.291 y V-10.451.899, respectivamente; en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Altagracia, Departamento Libertador del Distrito Federal (hoy Municipio Libertador del Distrito Capital), en fecha 26 de marzo de 1986, según se evidencia de acta de matrimonio Nro. 20, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil.
Liquídese la comunidad conyugal.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mi.....