DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: el DESISTIMIENTO DE LA PRESENTE DEMANDA DE ABSTENCIÓN O CARENCIA interpuesta por el ciudadano BRUNO PACILLO DI RUGGIERO, titular de la cédula de identidad Nº V-2.985.256, asistido por el abogado Víctor Hugo Guédez, titular de la cédula de identidad Nº V-16.204.849, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 147.320, actuando en su carácter de Defensor Público con competencia en materia Contencioso Administrativo del Área Metropolitana de Caracas, designado mediante Resolución Nº DDPG-2016-199, de fecha 01 de abril de 2016, en contra de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BARUTA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
Publíquese y regístrese. Archívese en su oportunidad el expediente. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Tercero en lo Ci.....