Este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL BANCARIO CON COMPETENCIA NACIONAL Y SEDE EN LA CIUDAD DE CARACAS (EN TRANSICIÓN), administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 12, 242, 243, 263 ordinal 3º y 269 del Código de Procedimiento Civil, declara: CON LUGAR LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA Y EXTINGUIDO EL PROCESO incoado por los abogados LUIS RAFAEL ATIENZA HUERTA Y VÍCTOR LEAÑEZ FUGUET contra el ciudadano MANUEL DOS SANTOS ANDRADE, todos identificados en la primera parte de la presente decisión.