D I S P O S I T I V A
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, Bancario y Constitucional de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, con Sede en Trujillo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la presente acción de Cumplimiento Contrato intentada por la empresa "ARICHUNA INVERSIONES VENEZOLANAS, C.A., contra el ciudadano DENNYS DE JESUS GONZALEZ.
SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte demandante empresa "ARICHUNA INVERSIONES VENEZOLANAS, C.A., contra la decisión dictada en fecha 27 de octubre de 2.006, por el Juzgado Primero de los Municipios Valera, Motatán, Escuque y San Rafael de Carvajal del estado Trujillo.
TERCERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas del recurso a la parte apelante, en virtud de .....