Vista la Transaccion presentada por el demandante de Autos EFRAIN DE JESUS BRICEÑO, asistido por el Abogado MARCOS GUERRERO inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 27.848 y por la parte demandada el Apoderado Judicial Abogado ANTONIO ORTEGA ALBORNOZ, inscrito en I.P.S.A bajo el No 27.848, quienes llegaron al acuerdo siguiente: la demandada conviene en cancelar al demandante la cantidad de Bs .F. 10.000,00 y el Tribunal EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY Homologa el acuerdo.