Dichos descuentos deberán ser descontados de la siguiente manera: La cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES mensuales, (Bs. 200.000, oo), más la suma de CUATROCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 400.000, oo), en el mes de septiembre para gastos escolares y cantidad de SEISCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 600.000, oo), en el mes de diciembre como aguinaldos, del sueldo que percibe por ante el Ministerio de Educación y Deportes e igual suma es decir DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES mensuales, (Bs. 200.000, oo), más la suma de CUATROCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 400.000, oo), en el mes de septiembre para gastos escolares y cantidad de SEISCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 600.000, oo), en el mes de diciembre como aguinaldos del beneficio de jubilación que percibe por ante el Instituto Nacional de Deporte, adscrito al Ministerio de Educación y Deportes.