III
DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por el defensor de oficio de los herederos desconocidos del extinto José Waldino Rodríguez, contra la decisión dictada por el A quo en fecha 8 de Abril de 2010.
Se declara CON LUGAR la presente acción mero declarativa de unión concubinaria propuesta por la ciudadana Maritza del Carmen Salas, identificada en los autos.
Se declara que la ciudadana Maritza del Carmen Salas y el extinto ciudadano José Waldino Rodríguez, ambos identificados en autos, SE MANTUVIERON UNIDOS EN CONCUBINATO, desde el año 1982 hasta el año 2007, cuando falleció dicho concubinario.
Se CONFIRMA el fallo apelado.
No hay especial condenatoria en costas dada la naturaleza de este.....