DECISIÓN
Por los argumentos y fundamento legales, jurisprudenciales antes expuestos, éste JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio por motivo de Desafecto fundamentado en las en las sentencias 1070 de fecha 9 de Diciembre del año 2.016, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, expediente N° 16-916.
SEGUNDO: Se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos DORIS FRANCIA YESENIA AMARO FIGUEROA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-14.276.985, número telefónico: 0424-503.28.48, correo electrónico: alondra_amira@hotmail.com, debidamente asistida en este acto por el ciudadano: JOSE ANTONIO PALENCIA, Abogado en ejercicio, inscrito en el IPSA, .....