Este Tribunal para decidir observa:
UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar dicha Partida de Nacimiento de JOSÉ LUIS MARTINS BAEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.595.663, y de este domicilio, en el sentido de que se asiente correctamente que es hijo legitimo del ciudadano: " JOSÉ LUCIANO MARTINS HENRIQUES” y de la ciudadana ADELAIDA DEL PERPETUA BAEZ DE MARTINS.- En consecuencia, se ordena al Jefe Civil de la parroquia Concepción del Municipio Iribarren del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, inserten la nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento N° 4211, Folios S/N, de fecha 13 de Agosto de 1973. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.- Dada, firmada y sellada en .....