En mérito de las motivaciones antes expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los términos siguientes:
PRIMERO: Declara INADMISIBLE la presente demanda por DAÑOS Y PERJUICIOS ocasionados en accidente de Tránsito, incoada por el abogado GREEMBER GARRIDO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 61.666, en su carácter de Apoderados Judicial del ciudadano LUIS EDUARDO DEBOURG FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la Cédula de Identidad No. V- 2.960.701, contra MARLENE PEREZ ROSENDO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 7.313.793
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: Por cuanto la sentencia fue dicta.....