DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 471 del Código Orgánico Procesal Penal, MANTIENE la FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DE DESTACAMENTO DE TRABAJO a favor del Penado Destacamentario ANDERSON RAMON COLMENARES SIVIRA,. Se ordena el traslado del penado al Médico Forense y Psiquiatra Forense; y oficiar a la coordinación de la defensa pública a los fines que se le designe Defensor Público. Líbrese los oficios correspondientes. Registrado en esta misma fecha. Publíquese. Cúmplase