Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta el presente fallo:
PRIMERO: Se declara el decaimiento de la recusación planteada por el abogado Luis Roberto Ponte Puigbo, actuando como apoderado judicial del ciudadano Alejandro Ponte (parte demandada), en contra de Dr. Edgar José Figueira Rivas, Juez Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, fundamentada en el ordinal 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, que guarda relación con el proceso signado con el Nº AP31-V-2014-001353 de la nomenclatura de ese Tribunal, referido al juicio que por Desalojo incoara la sociedad mercantil DC GRUPO INVERSOR C.A. en contra del ciudadano ALEJANDRO LUIS PONTE PUIGBO, el cual f.....