DECISION
Por todo lo antes expuesto este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 647 literal h de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, decreta el cese de la medida de Imposición de Reglas de Conducta a favor del joven RESERVADO, en la causa seguida por los delitos de Hurto Calificado y Porte Ilícito de Arma Blanca, previstos en los artículos 454 numeral 4 y277 del Código Penal. Particípese de lo conducente al Juez de Ejecución de Adultos del Circuito Judicial Penal del Estado Lara y remítase copia certificada de la sentencia al ciudadano Director del Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental. Notifíquese de la decisión fundamentada en esta fecha a la Defensa y a la Fiscala 24 del Ministerio Público.
El Juez de Ejecución
Abog Gerardo Pastor Arias El Secretario
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