en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Divorcio 185-A en concordancia con las Sentencias 693/2015 y 446/2014, con ponencia de la Magistrada CARMEN ZULETA DE MERCHAN emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia presentada por el ciudadano JOSE RAMON TOVAR GUEVARA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº. V-12.078.942 en contra de la ciudadana MILEIVI JOSEFINA PERAZA MONASTERIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.387.810.-
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior QUEDA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, celebrado en fecha 04/12/2019, por ante el Registro Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara, según consta en original del acta de matrimonio asentada bajo N° 242, del libro de matrimonios del año 2019.-
TERCERO: Ofíciese a los Organismos competentes, de conformidad con el artículo 152 de la.....