Este TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la presente demanda de RENDICIÓN DE CUENTAS, intentada por la empresa mercantil SACRAMENTO., C.A., contra CONSTRUCCIONES INTERCASA. C.A.
No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza de la presente decisión