En virtud de la inasistencia de la parte actora a la fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, este tribunal conforme lo establecido en el articulo 472 de la ley especial que rige la materia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara Desistida la demanda de Responsabilidad de Crianza (Custodia), incoada por el ciudadano YORDANO JAVIER ROJAS TORREALBA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-19.324.549, en contra de la ciudadana NAIROBYS YOSELIN VIRGUEZ COLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.234.562, se declara Extinguida la Instancia, pudiendo la parte demandante presentar nuevamente la demanda trascurrido que sea el lapso de un mes. En consecuencia dispone desincorporarlo del Archivo Ordinario, tómese nota y désele salida en los libros respectivos de este Despacho, devuélvanse los originales de los recaudos que cursen en autos, dejando en su defecto copia certificada de los m.....