III
DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones de hecho y de derecho que se han dejado expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y de Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la recusación propuesta por el abogado ABELARDO ALARCON, antes identificado, contra el ciudadano Juez Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de esta misma Circunscripción Judicial, abogado ADOLFO GIMENO PAREDES, en el juicio que por desalojo propusiera la ciudadana ONEIDA AIDA MEJÍA MARTÍNEZ contra los ciudadanos NELLY FERNÁNDEZ de BASTIDAS y JOSÉ DEL CARMEN BASTIDAS, contenido en el expediente número 10275-07 de la nomenclatura de dicho Tribunal. En consecuencia, el prenombrado Juez continuará en el ejercicio de sus facultades sobre la causa antes señalada.
Se condena en las costas de la incidencia, al recusante perdidoso, en un todo .....