DECISION
Por todo lo expuesto este Tribunal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Sección Adolescentes, de la Ciudad de Carora, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 622 Parágrafo Primero de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes suspende la ejecución de la medida de Libertad Asistida impuesta al joven RESERVADO , por el lapso de un (01) mes, cuyo lapso vence el día 08-09-2011. Notifíquese de la decisión fundamentada en esta fecha a la Defensora Pública de Adolescentes y al Fiscal 24 del Ministerio Público.
El Juez de Ejecución
Abog Gerardo Pastor Arias El Secretario.