Por las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior del Circuito Judicial de Protecciòn de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, el Recurso de Hecho presentado por la ciudadana Fiscal encargada Décima Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, abogada María Elena Jiménez Mambel, contra el auto de fecha 01 de agosto de 2013, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protecciòn de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que negó la apelación presentada por la referida funcionaria. En consecuencia, se revoca el auto de firmeza de la sentencia, de fecha 16 de julio de 2013, y se ordena al a quo escuchar la apelación remitiendo la totalidad del expediente a esta Alzada para la tramitación de del recurso.