Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°) SIN LUGAR el procedimiento por calificación de despido, incoado por la ciudadana Yesneris Llaquelin Barrios Veliz, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad número V-24.052.395 contra la República Bolivariana de Venezuela por órgano del Ministerio del Poder Popular para las Obras Públicas y Vivienda.
2°) No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo.
3°) Se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día -exclusive- en que venza el lapso a que se refiere el art. 159 LOPTRA para la consignación de este fallo en forma escrita.