en vista de que la mediación ha sido positiva, que no atenta los derechos del trabajador ni las normas de orden público, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Se hace entrega en este acto de las pruebas promovidas por las partes al inicio de la audiencia preliminar.