En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de nulidad interpuesta por la sociedad mercantil CONVENCAUCHO INDUSTRIAS, S.A. contra el Informe de Investigación y Calificación de Accidente de Trabajo del ciudadano JOSÉ DAVID HEREDIA RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad V-11.430.110, de fecha 04 de febrero de 2014, contenido en el expediente LAR-25-IA-13-1417 de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Lara, Trujillo y Yaracuy del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza jurídica de la demandada.
TERCERO: Notifíquese de la presente decisión a la Procuraduría General de la Pública, de conformidad con lo previsto en el artículo 9.....