En mérito de lo anteriormente expuesto, el Juez Octavo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en ejercicio de la función jurisdiccional conferida, con la finalidad de hacer efectiva una justicia accesible, imparcial, transparente, responsable, expedita, autónoma y equitativa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, declara: Parcialmente Con Lugar el cobro de prestaciones sociales interpuesta por la ciudadana, venezolana, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad número 11.785.801 y 12.725.832, respectivamente contra la empresa domiciliada en la Urbanización Brisas del Obelisco, calle 5, entre carreras 2 y 3, de esta ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, quien deberá cancelar los conceptos demandados por la actora y que se encuentran determinados en la Parte Motiva de esta Sentencia y que aquí se dan por reprodu.....