Atendiendo a todo lo expuesto, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos MARÍA DEL CARMEN MARTÍNEZ DE MEDINA y DELMIS ANTONIO MEDINA SÁNCHEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-6.325.602 y V-7.961.692, respectivamente; en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído por ante la la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo de Chacao, Estado Bolivariano de Miranda, en fecha 14 de Diciembre de 1979, según se evidencia de acta de matrimonio Nro. 49, año 1979, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil. Así se decide.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se acuerda not.....