Por todo lo antes expuesto, es forzoso para este JUZGADO PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declarar: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 06 de julio de 2012, por la parte codemandada ciudadano JUAN ERNESTO ROAS CHAVEZ en contra de la decisión contenida en el acta de instalación de la audiencia preliminar de fecha 28 de junio de 2012, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
En consecuencia, se REVOCA el acta de instalación recurrida en todas sus partes y se ordena al Juzgado A-quo fijar nueva oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
Expídase copia certificada de la presente sentencia para ser agrega.....