Por las razones antes expuestas, es por lo que, este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentada en lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, realizada por el ciudadano LUIS GERARDO HERNANDEZ DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.638.549, contra la ciudadana JAEL ZOLAIMA VERDES MONTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.619.610. En consecuencia, SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron ante el Registro Civil de la Parroquia Trinidad Samuel del Municipio G/D Pedro León Torres del Estado Lara, en fecha 7 de Enero de 2011, acta Nº 2, asentada en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados ante es.....