III
Por las razones antes expresadas este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
1. CON LUGAR la demanda por DESALOJO intentada por AGENCIA BRAVO C.A. inscrita por ante el Registro de Comercio que llevo el Juzgado segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, en fecha 23-04-75, bajo el N° 208, folio 1 fte al 4 fte, del Libro de Comercio N° 3 CONTRA La FIRMA MERCANTIL DIAGRIN S.R.L inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha 05-02-76, anotado bajo el N° 120., Tomo 2 representado por su Director AMIN CLAIB, titular de la Cédula de Identidad N° 8.655.892.
2. SE ORDENA la entrega del inmueble constituido por un Local Comercial, ubicados en la Calle 32 entre Avenida 20 y Carrera 19, signado con el N° 8 del Edificio denominado Las Guajiras de Barquisimeto Estado Lara, solvente de todos los servicios de agua, energía eléctr.....