este Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, ACUERDA EJECUTAR la referida sentencia en aplicación del artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, sin embargo, como quiera que la pena impuesta permite el otorgamiento de una de las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena, como lo es la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, y el penado se encuentra en Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, se ACUERDA fijar audiencia para el día 09-01-2007 a las 11: 00 am, a fin de ser impuesto de los requisitos para la procedencia del beneficio indicado, así mismo se acuerda solicitar antecedentes penales e informe técnico, a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario Trujillo. Notifíquese a las partes de la presente decisión.
La Juez de Ejecución N° 3,
FANNY TERÁN MÁRQUEZ
El Secretario,
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