Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Violencia contra la Mujer en funciones de Control, Audiencias y Medidas de este Circuito Judicial Penal del Estadio Trujillo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL ARCHIVO JUDICIAL EN LA PRESENTE INVESTIGACION, de conformidad con el artículo 79 y 103 primer aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, seguida al ciudadano JOSE JEREMIAS ZAMBRANO QUIÑONEZ, titular de la cedula de identidad Nº 9.026.126; por el delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, previsto y sancionado en el articulo 42, segundo aparte, eiusdem, en agravio de la ciudadana: MARIA DEL CARMEN RUIZ, en consecuencia se ORDENA EL CESE DE CUALQUIER MEDIDA RESTRICTIVA DE LIBERTAD QUE PESE CONTRA EL CIUDADANO JOSE JEREMIAS ZAMBRANO QUIÑONEZ, titular de la cedula de identidad Nº 9.026.126. Regístrese. Notifíquese. Remítanse las presentes actuaciones al Archivo.....