DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por las ciudadanas YUDITH MARÍA DÍAZ Y MILAGRO COROMOTO JIMÉNEZ TAMAYO, contra el auto de fecha 21 de marzo de 2014, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial que no admitió la representación de la abogada THANIA MERENTES DE CASTILLO, de las demandadas en la presente causa.
Queda así CONFIRMADO el auto apelado.
De conformidad con el 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro respectivo.
Regístrese, publíquese y bájese.