DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Jiménez y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara EL DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN, EN ESTA INSTANCIA, POR PÉRDIDA DEL INTERÉS, en la solicitud intentada por el ciudadano: LUIS LOPEZ, titular de la Cédula de identidad Nº V- 10.960.916. En Consecuencia se ordena el archivo Judicial de la presente solicitud, líbrese oficio en su debida oportunidad. Publíquese, regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Jiménez y Andrés Eloy Blanco. En Sanare, a los Ocho (08) Días del mes de Diciembre del año dos mil dieciséis (2016). Años: 206º de la Independencia y 157º de la Federación.
El Juez Provisorio,
Abg. Simón Ramírez.
La Secretaria
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