Por todas las consideraciones que han quedado expuestas, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: consumado el desistimiento, de conformidad con lo establecido en los Artículos 264 y 265 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, intentó la Sociedad Mercantil BANCO NACIONAL DE CREDITO, C.A., BANCO UNIVERSAL, contra: 1) la Sociedad Mercantil ARENERA Y AGREGADOS CALMECA 251820, C.A., en la persona de su Presidente, ciudadana YOLANDA JOSEFINA PENZINI DE CALDERON, de su Vicepresidente, ciudadano ANTONIO CARLO MENAFRA PALADINO, y de la precitada ciudadana YOLANDA JOSEFINA PENZINI DE CALDERON, en su propio nombre y representación como fiadora solidaria y principal pagadora; 2) el ciudadano ERNESTO CALDERON BERTI; y 3) la Sociedad Mercantil CONSULTEL, C.A., en.....