En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el Recurso de hecho interpuesto contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial, en fecha 24/10/2012, la cual negó la apelación interpuesta contra la sentencia de fecha 23 de mayo de 2012.
SEGUNDO: Se ordena notificar de la presente decisión a la Procuraduría General de la República.