Por las razones expuestas y en base a las disposiciones legales y Constitucionales citadas, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal, Sección Adolescentes, de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley Decreta: PRIMERO: Procedente la declaratoria de Flagrancia de la Aprehensión de que fue objeto el adolescente , ya identificado, de conformidad en lo establecido en el artículo 93 de la Ley Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- SEGUNDO: La Aplicación del Procedimiento Ordinario de conformidad con la Ley Especial; TERCERO: Las Medidas de Asistir a los centros especializados en materia de violencia de género, pero dado que no existe en la localidad de Bocono ante CECOFAS, debiendo este ente informar a este Tribunal, en cualquier caso sobre el luga.....