Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Cuarto del Municipio Iribarren del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer la presente causa, y de conformidad con el Artículo 7 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, se ordena remitir las actuaciones inmediatamente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos a los fines de que la presente Solicitud de Amparo sea distribuida ante los Juzgados de Juicio del Circuito Laboral de esta Circunscripción Judicial, a fin de que conozca la presente solicitud de amparo. REGISTRESE Y PUBLIQUESE.---------------------------------------------------
Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del JUZGADO CUARTO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en Barquisimeto a los Nueve (09) días del mes de Marzo de 2006. Años: 195º y 147º.
El Juez Temporal,
Dr. RAM.....