Este Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara sin lugar lo solicitado por la apoderada judicial de la parte actora, abogada Carmelita Bastidas en cuanto a la impugnación del documento poder consignado por el apoderado judicial de la empresa SOCODEC, VENEZUELA C.A., abogado Guillermo Barreto Nieves, parte demandada en el presente asunto. Se ordena la continuación de la audiencia preliminar, tal como lo solicitaron ambas partes para el día martes veinte (20) de marzo de Dos mil siete. Así se decide en Trujillo a los nueve (09) días del mes de Marzo de Dos mil siete (2007). Año 196 de la Independencia y 147 de la Federación. Regístrese y Publíquese.