Se dictó Resolución donde se deja sin efecto el llamamiento a tercero del ciudadano OBANDO HERNANDO, de conformidad con lo establecido en el artículo 374 del Código de Procedimiento Civil, aplicado en forma analógica por remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese y Regístrese.