DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este Tribunal de Control Nº 11 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley ACUERDA: PRIMERO: A los fines de dar cumplimiento al Art. 44 numeral 1 de la Constitución, estima presentes los supuestos del Art. 373 del COPP, por lo que se DECRETA LA FLAGRANCIA de la detención de los Ciudadanos: FREYMAR AIDELIN ALMAO DE MELENDEZ, Titular de la Cédula de Identidad Nº 16.235.518, ALIZANDRE JOSE MELENDEZ PEROZO, Titular de la Cédula de Identidad Nº 11.696.205 y ALEXIS JOSE MELENDEZ PEROZO, Titular de la Cédula de Identidad Nº 9.854.587. SEGUNDO: Se acoge la precalificación fiscal por el delito de: RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previsto y sancionado en el articulo 218 del Código Penal. TERCERO: En cuanto al procedimiento, SE ACUERDA EL PROCEDIMIENTO ESPECIAL para los delitos menos graves, estableciéndosele al Fiscal del Ministerio Publico un Lapso de .....