Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley, declara SIN LUGAR la pretensión de RESTITUCIÓN DE SERVIDUMBRE DE PASO incoada por el ciudadano JOSÉ ALBERTO ABAD LUGO contra el ciudadano JOSÉ MIGUEL RUIZ CÁRDENAS.
En aplicación del artículo 274 del Código de Procedimiento Civil se condena en costas a la parte actora por haber resultado totalmente vencida en la litis.