Con fuerza en la motivación anterior esta CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL CON COMPETENCIA EN DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER, DE LA REGIÓN CENTRO OCCIDENTAL CON SEDE EN BARQUISIMETO, ESTADO LARA, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, actuando a tenor de lo pautado en el artículo 437 y 450 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano GRITZKO GABRIEL TERÁN MOGOLLÓN, titular de la cedula de identidad numero V-(...), en contra de la decisión de fecha 30 de Marzo de 2015, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de esta Circunscripción Judicial.
Regístrese, diarícese, publíquese.