EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DE RESPONSABILIDAD PENAL SECCIÓN ADOLESCENTES ACUERDA: PRIMERO: Se deja sin efecto la audiencia fijada para la fecha 09 de Julio de 2010, a solicitud de la defensa privada y se fija nueva fecha para el día JUEVES 17-06-2010 A LAS 9:30AM. SEGUNDO: Se declara sin lugar la solicitud de cambio de la medida de prisión preventiva prevista en el articulo 581 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente, en consecuencia se ratifica, a los fines de garantizar la resultas del proceso. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Publíquese, regístrese y Diarícese.