Con fundamento en lo precedentemente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: con lugar la demanda de Colocación Familiar presentada por la ciudadana Lila Marina Oropeza de Pereira, ya identificada. En consecuencia, se otorga la Responsabilidad de Crianza a la ciudadana Lila Marina Oropeza de Pereira, quien será la responsable del adolescente (omitido artículo 65 LOPNNA), ante las personas naturales y jurídicas, sean éstas privadas o públicas.