Por los razonamientos anteriormente expuestos, éste Juzgado Superior Tercero Agrario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: SE REVOCA el auto de admisión de la acción de fecha 01 de junio de 2006. INADMISIBLE el Recurso Contenciosos Administrativo de Nulidad conjuntamente con solicitud de Medida Cautelar, intentado por la Sociedad Mercantil Río Macagua C.A., contra el Instituto Nacional de Tierras. En consecuencia, se deja sin efecto las actuaciones posteriores a dicho auto. Notifíquese a las partes y al procurador General de la República con copia certificada de la presente decisión a los fines de que interpongan los recursos que consideren conveniente contra la presente decisión.