DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, actuando en sede Constitucional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: su COMPETENCIA para conocer la presente acción de amparo constitucional, interpuesta por MIRIAM JOSEFINA VELIS, titular de la cedula de identidad N° 3.977.072, contra el CENTRO DE DIAGNOSTICO DE ALTA TECNOLOGIA "DIVINA PASTORA" De la Misión Barrio Adentro, adscrito al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD, en la persona de su representante, Coordinadora Dra. Marisabel Ollarves y la Dra. Sonia Brata, por la presunta vulneración de lo establecido en los artículos 2, 46, 80, 81, 87 y 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO: se ADMITE la acción de Amparo Constitucional intentada y en consecuencia se ordena: se ordena CITAR.....