DECISIÓN
Tomando en consideración todo lo expuesto precedentemente, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: Con lugar la demanda de divorcio incoada por la ciudadana Leyda Del Carmen Chirinos Pereira, titular de la cédula de identidad Nº V-19.618.041 contra el ciudadano Eduar Antonio Lameda Lameda, titular de la cédula de identidad Nº V-17.019.482, en consecuencia, se disuelve el vínculo conyugal contraído en fecha ocho (08) de noviembre de 2010, ante el Registro Civil de la Parroquia Trinidad Samuel, Municipio Bolivariano G/D Pedro León Torres del Estado Lara, cuya acta de matrimonio se encuentra inserta bajo el Nº 267.