Este Tribunal de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta:
PRIMERO: Que es competente para conocer y decidir el presente asunto entre el ciudadano ALIRIO ANTONIO CHINCHILLA, titular de la cedula de identidad numero 13.378.028 y los ciudadanos RAMÓN PACHECO, JAVIER BARRETO Y RAMÓN BARRETO, no constituyeron cédula de identidad. Así se decide.
SEGUNDO: Notifíquese de la presente decisión al ciudadano ALIRIO ANTONIO CHINCHILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 13.378.028; por lo tanto una vez cumplidos los lapsos legales relativos a la solicitud de regulación de competencia, conocerá el presente asunto.