DECLARA: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO POR DESAFECTO, y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos: CARRASCO PEREZ JOHANNY RAMON y PEREZ GARCIA MORAIMA COROMOTO, por ante el Registro Civil del Municipio Moran, en fecha 18 de diciembre de 2.014, anotado bajo el Nº 341, del Libro de Registro Civil de Matrimonios respectivo, llevado durante el año 2.014. Durante la unión matrimonial NO procrearon hijos. Se declara extinguida la comunidad de gananciales entre las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 173 del código Civil. Se declara firme la Sentencia de conformidad a la Sentencia Nº 305 de fecha 18/5/2.017 del T.S.J. – S.C.C. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes. Expídase los juegos de copias certificadas solicitadas.