Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR: la demanda intentada por el ciudadana, FLAVIA CECILIA HERNANDEZ RINCON, contra la demandada. GOBIERNO DEL DISTRITO CAPITAL, plenamente identificadas en autos. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.- TERCERO: Se ordena notificar a los organismos correspondientes, de la presente decisión.