Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara ÚNICO: IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por la empresa Stanford Group Venezuela, Asesores de Inversión, C.A., y Torre Senza Nome, C.A., contra la decisión de fecha 01 de julio de 2015, dictada por el Juzgado Vigésimo Quinto (25°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en consecuencia se confirma la decisión in comento.